Ahorristas podrán manejar cuentas en divisas desde territorio nacional

El nuevo sistema cambiario permite además, la apertura de las cuentas en divisas, por lo que bancos autorizados para la recepción de depósitos, no podrán requerir a los clientes requisitos adicionales a los exigidos para la apertura de cuentas en moneda nacional, así como monto mínimo para el proceso de apertura.

En la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.405, contentiva del convenio cambiario número, se explica que los clientes, que tengan cuentas en moneda extranjera en las entidades financieras del país, podrán movilizar sus fondos mediante transferencias, cheques del banco depositario girado contra sus corresponsales en el exterior, así como mediante instrucciones de débito para pagos de gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas en el exterior.

Los banco autorizados para la recepción de depósitos, no podrán requerir a los clientes requisitos adicionales a los exigidos para la apertura de cuentas en moneda nacional, así como monto mínimo para el proceso de apertura.

T/Manuel López
Caracas