El procurador general de la República, Carlos Escarrá, informó este lunes que se aplicó una medida denominada Control de la Constitucionalidad a la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el caso Leopoldo López.
Luego de una minuciosa revisión con un equipo de especialistas y abogados de la Procuraduría y la Contraloría General de la República, Escarrá ratificó que la referida decisión de la CIDH viola los principios establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dijo que entre las irregularidades detectadas se encuentra la injerencia indebida por parte de la CIDH en problemas y asuntos internos del Estado venezolano. “Esa injerencia indebida viola el principio de inmunidad de jurisdicción, el principio de respeto de los Estados, y en concreto, viola el principio claramente establecido en el artículo 1 de la carta magna”.
Además, el Procurador señaló que el contenido de la acción venezolana está centrada en los vicios que contiene la sentencia, que incluso viola la Convención Interamericana de Derechos Humanos y la Convención contra la Corrupción.
“La misma sentencia establece de manera bárbara cómo alguno de los gastos que tuvo el accionante (Leopoldo López) en la CIDH fueron sufragados por una empresa concesionaria del municipio Chacao (…) y dice que sobre las actuaciones irregulares de este señor (Leopoldo López), si bien hay procedimientos claros al respecto, no es materia de la CIDH dejando entrever la certeza en relación a todas esas irregularidades”, añadió Escarrá.
En ese sentido, afirmó que será la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) el órgano encargado de pronunciarse al respecto y tomar la última decisión sobre el caso del exalcalde de Chacao.
“Sería totalmente inconstitucional la ejecución de esa sentencia de acuerdo a las reglas del derecho venezolano. Será en definitiva la sala Constitucional del TSJ quien se pronuncie, nosotros hemos por supuesto incoado la acción en representación de la República”, puntualizó.
LÓPEZ INHABILITADO HASTA EL 2014
A López la Contraloría General de la República le impuso dos sanciones administrativas, las cuales no implican prohibición de sus derechos políticos.
El primer cargo data de finales de 1998, cuando López era funcionario de Petróleos de Venezuela (Pdvsa) y se desempeñaba como analista del entorno nacional de la empresa, cuando recibió una donación de 60 millones de bolívares de la estatal a favor del partido político Primero Justicia, de cuya directiva él formaba parte.
El dinero le fue otorgado por su madre, Antonieta Mendoza de López, para ese entonces gerente de asuntos públicos de la estatal petrolera.
Por esta irregularidad, López recibió una sanción administrativa de tres años, durante los cuales no podría ser electo ni designado en cargos públicos.
El segundo incidente se produjo durante el ejercicio fiscal del año 2002, cuando López ejercía las funciones de alcalde del municipio Chacao.
En esa ocasión, el funcionario declaró irregularmente un desvío parcial de fondos, de más de 2 mil 743 millones de bolívares, de los créditos presupuestarios asignados a la partida denominada: “Transferencias de capital a Entidades Federales”.
Dos años después, en noviembre de 2004, la Contraloría determinó la responsabilidad administrativa del alcalde, por la que recibió una sanción administrativa de seis años.
Por estos casos, López está actualmente inhabilitado hasta el año 2014 para optar a cargos públicos.