Mediante Resolución publicada en Gaceta Oficial|Dictan procedimiento para inscripción de aseguradoras en el ramo de incendio

El Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia (Mpprij), dictó las normas que regulan el procedimiento para efectuar la inscripción de empresas aseguradoras en el ramo de incendio, para el pago del aporte previsto en la Ley de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil.

Así lo establece la Resolución publicada en la Gaceta Oficial N° 39.879 con fecha del 8 de marzo de 2012, que circula este viernes, la cual indica que las normas referidas tienen como objeto la declaración y pago del aporte al Fondo Nacional de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil.

También expresa que el Fondo creará y mantendrá un registro actualizado de empresas aseguradoras en el ramo de incendio, para el control y fiscalización de los sujetos obligados y al aporte señalado en la Ley.

Las empresas aseguradoras deberán inscribirse vía internet en la página web del Fondo, donde además se publicará la fecha en que iniciará el proceso de registro. “Fecha a partir de la cual se habilitará la taquilla de recepción de expedientes y verificación de recaudos”, explica la normativa.

También advierte que los pagos efectuados fuera de fecha se considerarán extemporáneos y causarán intereses moratorios previstos en el Código Orgánico Tributario.

Fuente/Gaceta Oficial
Texto/Sandra Izarra