Fue sancionada el pasado 14 de agosto|Diputado Ventura destaca fortalezas de ley que proteje a personas con VIH/Sida

La Ley para la Promoción y Protección del Derecho a la Igualdad de las Personas con VIH/Sida y sus Familiares, permite a la población que antes era afectada por la discriminación por organismos de salud privados o públicos, ser atendidas sin menosprecio alguno, afirmó el vicepresidente de la Comisión Permanente de Desarrollo Integral de la Asamblea Nacional (AN), Henry Ventura.

«Se trata de un ley por el derecho a la igualdad, donde centros médicos tanto públicos como privados que antes se negaban a atender a las personas afectadas con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (Sida), tienen la obligatoriedad de dar un buen tratamiento», expresó en entrevista a Mesa Informativa, programa de Venezolana de Televisión.

La norma -indicó el parlamentario- garantiza además inamovilidad laboral, el derecho a la educación, el trabajo y la familia, «negada en la IV República, cuando se llegó incluso a quitarle la patria potestad a personas portadoras de VIH».

La ley, sancionada el pasado 14 de agosto, está compuesta por siete capítulos y 41 artículos, en los que se exige a los centros de salud atender a las personas con VIH/Sida en las mismas condiciones de seguridad e higiene que cualquier otra.

Además prohíbe cualquier tipo de retardo, límite o condicionamiento por parte del personal médico en cuanto a la atención del paciente.

La norma, inédita en la historia de Venezuela, cumple con lo consagrado en el artículo 21 de la Constitución Nacional que, entre otros puntos, establece: «No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda personas».

T/ AVN