Por Néstor Rivero| Inconstitucionalidad y AN

¿La decisión de la Asamblea Nacional (AN) inhabilita al presidente Nicolás Maduro para tomar medidas especiales que conduzcan a la superación de la actual situación de dificultades por las que atraviesa el país en materia económica?

Por supuesto que no. Examínese el dispositivo constitucional en circunstancias fácticas que intimen al Ejecutivo a declarar la “Emergencia Económica”. Esta figura, junto al “estado de alarma” y de “conmoción interior”, está contemplada en el Artículo 338 del Supremo Texto de la República. Ya el Artículo 337 constitucional, consagra el Estado de Excepción, que en su momento decretó el Ejecutivo Nacional, cuando dispuso reponer el orden interno y la paz interior en municipios fronterizos del país. Y el 339 establece requisitos de presentación de la declaratoria ante la AN y TSJ.

En el caso de la declaratoria de la Emergencia Económica rechazada por la mayoría opositora de la actual AN, cabe indicar que su fundamento constitucional y legitimidad fueron corroborados por dictamen del Tribunal Supremo de Justicia sobre el asunto.

¿Quién duda que se está ante “circunstancias extraordinarias que afectan gravemente la vida económica de la Nación” -como expone el Artículo 338 de la CRBV-, circunstancias que a su vez demandan medidas extraordinarias por el Estado Venezolano? Tal sería la interpelación que el pueblo venezolano debe formular en voz muy clara y audible a las nuevas autoridades del Poder Legislativo Nacional.

¿El desabastecimiento inducido -como estrategia de desestabilización de oligopolios que controlan 80% de las redes de distribución, articulados en Cavidea y ANSA (Fedecámaras)-, y las limitaciones ínsitas a un aparato productivo maniatado por el modelo rentista-importador y muy especialmente, las “colas” que diariamente se congregan en abastos y supermercados, son “fábula”? Claro que no.

La actual AN opositora viola el principio “Colaboración de Poderes” previsto en el “Artículo 136 de la CRBV, al negarse a participar en soluciones a graves circunstancias del país. El Estado Social de Derecho y de Justicia que rige nuestro orden constitucional demanda la protección del pueblo, y de medidas extraordinarias para acometer las serias dificultades económicas del país.

Cabe el recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de la actual AN.

nestor5030@gmail.com

CAMARADA NÉSTOR RIBERO, NO ESPERE NADA DE LA DERECHA VENEZUELA Y EL EJECUTIVO NACIONAL Y LOS OTROS PODERES DEL ESTADO, ESTOS TRUHANES QUE LLEGARON POR LA GUERRA ECONÓMICA A LA ASAMBLEA NACIONAL SON LOS MISMOS TERRORISTAS DE LOS SABOTEOS DE PDVSA.GOLPE MILITAR QUE CASI LE COSTO LA VIDA AL COMANDANTE SUPREMO SON LOS MISMO QUE CONVIRTIERON LA NACIÓN MAS RICA DEL CONTINENTE EN UNA PORDIOSERA. ASÍ MI QUERIDO CAMARADA RIBERO. QUE DEBEMOS ESTAR CON UN OJO CERRADO Y UNO ABIERTO PORQUE ESTAMOS ASEDIADOS POR HIENAS, Y REPTILES.

  • si los monos copian que son menos inteligentes que nosotros, tanto en america asi como en gran parte de europa y el medio oriente, los MACRI, ERDOGAN,POROCHENCO,Y OTROS , A LAS ASAMBLEAS Y PARLAMENTOS LES IMPORTA UN PITO, CON LA SALVEDAD QUE ESTOS LOS HACEN PARA JODER Y JODER A SUS RESPETIVOS PUEBLOS, SI UNMISERABLE CONGRESO DE ORIGEN BASTANTE OBSCURO Y ESPUREO, NO RECONOCE LOS OTROS PODERES PORQUE HACERLE CASO A ESTA PANDILLA DE TRUHANES CUYOS PROPOSITOS NO SON MAS QUE DERRIBAR MEDIANTE EL CORITO DE PALURDOS IONTERNACIONALES QUE LE SIRVEN DE BOCINAS AMPLIFICADORAS