Con base a Ley Orgánica de Drogas| MP logró pase a juicio de obrero por posesión ilegal de medicamentos

Ante la acusación presentada por el Ministerio Público (MP) se ordenó el enjuiciamiento del obrero Juan Rodríguez, tras incautársele 74 pastillas de bromazepam sin prescripción médica, hecho ocurrido el 30 de agosto en la avenida Bermúdez, Cumaná, estado Sucre.

En la audiencia preliminar, el fiscal 11° auxiliar, Jorge Sayegh, ratificó la acusación contra Rodríguez por la comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.

En ese sentido, el Tribunal 3° de esa jurisdicción admitió la acusación, los medios de pruebas aportados por el fiscal y ordenó el enjuiciamiento del hombre.

De igual manera, acordó mantener la medida privativa de libertad dictada contra el obrero, quien permanece recluido en la Comandancia del Instituto Autónomo de la Policía Municipal de Cumaná, ubicada en la parroquia Valentín Valiente, municipio Sucre.

Según la investigación, el mencionado día a las 12:40 de la tarde, funcionarios de la Policía del estado Sucre realizaban labores de patrullaje cuando observaron a Rodríguez en actitud sospechosa, lo cual motivó que se le diera la voz de alto.

Luego, los efectivos policiales realizaron una revisión corporal al hombre y hallaron en los bolsillos del pantalón 74 pastillas de lexotanil, tres récipes médicos a nombre de otras personas y dos en blanco.

El medicamento tiene el compuesto bromazepam, sustancia controlada de conformidad con el Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971, a través del listado de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes.

Dicha sustancia es una droga lícita si se posee una prescripción médica; en caso contrario, el portador será considerado un distribuidor. Además, la cantidad permitida para su comercialización es una caja de 10 pastillas cada 30 días.

Esta sustancia ligada con alcohol es utilizada para dormir a las personas para robarlas, cometer actos lascivos u otros hechos delictivos.

Fuente/Prensa Ministerio Público
Foto/Archivo

Sería interesante saber a qué se refiere eso de «actitud sospechosa» ¿Será la vestimenta, el color de la piel u otros rasgos fisionómicos? Definitivamente, la prevalencia de los Derechos Humanos exige otro tipo de «actitud» de los cuerpos de seguridad del Estado, lamentablemente hasta el momento ha prevalecido el criterio represivo, torpe e ineficaz….///

  • Sería interesante saber a qué se refiere eso de «actitud sospechosa» ¿Será la vestimenta, el color de la piel u otros rasgos fisionómicos? Definitivamente, la prevalencia de los Derechos Humanos exige otro tipo de «actitud» de los cuerpos de seguridad del Estado, lamentablemente hasta el momento ha prevalecido el concepto represivo, torpe e ineficaz….