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Mpprijp inicia registro nacional de servicios de vigilancia y seguridad privada |

Mpprijp inicia registro nacional de servicios de vigilancia y seguridad privada

El viceministro de Prevención y Seguridad Ciudadana, Endes Palencia, indicó que el nuevo decreto incluye tres nuevos aspectos a los servicios de vigilancia y seguridad privada: la custodia de personas, la protección de personas y la escolta civil

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El viceministro de Prevención y Seguridad Ciudadana, G/D Endes Palencia, se reunió ayer con representantes de empresas de vigilancia y seguridad privada del país para debatir el contenido del decreto 3.278 de fecha 16 de febrero de 2018, publicado en la Gaceta Oficial extraordinaria 6.364, sobre el nuevo reglamento de este servicio y acerca de mejoras laborales para los más de 200 mil vigilantes, hombres y mujeres, que ejercen esta actividad.

En el Teatro de la Academia de la Guardia Nacional Bolivariana en Fuerte Tiuna de Caracas, Palencia explicó que este encuentro serviría además “para iniciar el registro nacional de las sociedades mercantiles en la Dirección General de los Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada (Digeservip), así como el registro de las personas naturales o jurídicas que forman parte de la seguridad y vigilancia de personas o empresas”.

Especificó que mediante la página web http://digeservisp.mijp.gob.ve podrán ingresar sus datos para formalizar el registro y así llevar un mejor control y seguimiento de los prestadores de servicios de vigilancia privada, lograr una mejor capacitación de estas y garantizar la estabilidad laboral de los ciudadanos y ciudadanas que trabajan en esta área.

El viceministro Palencia explicó que la anterior reglamentación solo contemplaba dos normativas, entre ellas el servicio de vigilancia y seguridad privada y el traslado de valores. Ahora, con el nuevo decreto, se incluyen tres nuevos aspectos: la custodia de personas, la protección de personas y la escolta civil.

“Estamos dando a conocer los alcances en esta materia, el sistema de regularización, normatización y control, que ejerce el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz como ente rector de la seguridad del país”, expresó.

NORMATIVAS

La autorización para la prestación del servicio tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la fecha de su notificación, así como también cada renovación para la prestación servicio que solicite la sociedad mercantil.

Las sociedades mercantiles, una vez constituidas, deben consignar en 15 días hábiles, contados a partir de la protocolización del acta constitutiva en el registro mercantil, los requisitos para la solicitud de autorización.

Las personas naturales que aspiren a prestar el servicio de escolta civil de personas deberán tramitar y obtener previamente la debida autorización y certificación que las acredite como personal capacitado para cumplir estas funciones.

Las sociedades mercantiles sujetas a este nuevo reglamento tienen la obligación de contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil contra daños a terceros que puedan resultar perjudicados por la prestación de sus servicios.

las formas de prestación de servicios de digeservisp son: vigilancia y seguridad privada, traslado y custodia de valores, transporte y custodia de personas y bienes, protección de personas y bienes, y escolta civil de personas.

Las personas naturales y jurídicas interesadas en constituir sociedades mercantiles para prestar cualquier servicio de vigilancia y seguridad privada, deberán solicitar la autorización para protocolizar el acta constitutiva, con la certificación otorgada por Digeservisp. Se otorgará la acreditación para la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada a nivel nacional.

T/ Deivis Benítez
F/ Archivo
Caracas