Esperan conocer prontamente el texto de la sentencia|Notarios colombianos están listos para cumplir con el matrimonio homosexual

Álvaro Rojas Charry, presidente de la Unión Colegiada del Notariado Colombiano.

“Los notarios ya estamos preparados”, afirma el presidente de la Unión Colegiada del Notariado Colombiano, Álvaro Rojas Charry, refiriéndose al trámite para formalizar los matrimonios entre parejas del mismo sexo.

Aunque aún esperan el texto final de la sentencia de la Corte Constitucional que avaló el matrimonio igualitario, Rojas Charry manifestó en conversación con EL HERALDO que todos los notarios de Colombia ya cuentan con un formato de matrimonio adaptada por hacer válido el mandato del alto tribunal.

Según lo explica Rojas, las parejas homosexuales que quieran contraer matrimonio no tendrían ninguna restricción en acudir a uno notaría a solicitarlo.

“La Unión Colegiada de Notariad, la cual presido, dispuso hacer los ajustes al formulario de solicitud de matrimonio, solicitarle a la Registraduría Nacional del Estado Civil hacer las adecuaciones del formato del registro civil y pedirle a la señora presidenta de la honorable Corte lo más pronto posible el texto”, señaló Rojas.

El notario explicó que los matrimonios entre parejas homosexuales se deben regir por los mismos requisitos y procedimientos de ley que los matrimonios heterosexuales.

“El notariado está listo para cumplir con la sentencia, ya se están aceptando y recepcionando algunas solicitudes, no hay ninguna traba no hay ninguna objeción por parte del notariado, son cosas del procedimiento y sobre todo de conocer el texto de la sentencia de la Corte”, manifestó.

Afirmó que si bien no han fijado una fecha para comenzar a aplicar la sentencia de la Corte, “teóricamente ya estamos en condiciones de hacer el matrimonio”. Recordó que los notarios tienen la autonomía de interpretar la ley y no tienen limitaciones en iniciar con el trámite de estas uniones.

Sobre el nuevo modelo de formato, que calificó como “remendado” por no contar con todas las disposiciones que precisa el texto del fallo, “lo que se hizo fue suprimir la diferencia de género. No se habla de él o de ella, el contrayente o la contrayente, sino simplemente contrayente uno y dos, decidiendo denominarlos así para no hacer ningún tipo de asignación de él o de ella. Es una aplicación en la supresión de la identidad de género formalmente en los formularios”.

Preocupaciones. El presidente de la Unión Colegiada del Notario, aún hay asuntos que requieren de precisión en la decisión de la Corte, por ejemplo el hecho de reconocer las uniones solemnes que se realizaron entre 2013 y 2016 como matrimonios.

“El matrimonio implica la publicación de un edicto para que un tercero si desea oponerse lo haga y si hay hijos menores hay que hacer el inventario solemne de los dueños del hijo menor. Entonces yo no se si la Corte va a validar el no cumplimiento de estos requisitos procedimentales”, afirmó.

F/El Heraldo.com