La Superintendencia Nacional de Precios y Costos (Sundecop) fijó el Precio Máximo de Venta al Público (PMVP) a 19 productos alimenticios, de higiene personal y de mantenimiento del hogar, según expresa la providencia administrativa N° 059, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.894, con fecha del 28 de marzo de 2012, que circula este viernes.
Los productos alimenticios a los cuales se les ha establecido el PMVP son los jugos de frutas pasteurizados, las compotas y el agua mineral. En ese sentido, El PMVP de medio litro de jugo pasteurizado quedó en Bs. 7,59 y el litro se fijó en Bs. 12,05, detalla la norma.
También, el PMVP de las compotas en su presentación de 110 gramos se estableció en Bs. 4,40 y la presentación de 186 gramos quedó en Bs. 5,90. Así mismo, el PMVP del agua mineral de medio litro fue fijado en Bs. 5,00 mientras que el litro quedó en Bs. 8,00.
Por otra parte, fue fijado el PMVP de productos de higiene personal tales como: enjuague para el cabello, jabón de baño en barra y líquido, champú para el cabello, crema dental, desodorante en barra y líquido, pañales para bebé, toallas sanitarias, papel higiénico y máquinas de afeitar.
Igualmente, los artículos de mantenimiento del hogar objeto de regulación son: suavizantes y enjuagues para la ropa, lavaplatos líquido o gel, lavaplatos en crema, detergente, cloro, cera para pisos, limpiadores desinfectantes y jabón de panela.
«El marcaje del precio máximo de venta de los productos debe diferenciar el precio máximo de venta al público, o un precio menor, así como la alícuota del Impuesto al Valor Agregado, a través de la siguiente metodología: PMVP (o un precio menor)+ IVA= Total a pagar«, destaca la normativa.
El organismo además fijó el Precio Máximo de Venta del Productor y/o importador (PMVPI) que “es el máximo valor del producto al que todo p y/o importador puede vender los productos”.
Adicionalmente, fue establecido el Precio Máximo de Venta del Distribuidor Mayorista (PMVDMA), que es el máximo valor del producto al que todo distribuidor mayorista puede vender los productos.
«Los precios fijados en la presente providencia administrativa entrarán en vigencia a partir del primero (1°) de abril de 2012«, concluye la norma.