OPS felicitó iniciativa del Gobierno de Venezuela por prohibición del uso del vaper

La Organización Panamericana de la Salud (OPS), mediante un comunicado expresó su satisfacción y felicitó la determinación del Gobierno Bolivariano de Venezuela en prohibir el uso del vapers publicado en Gaceta Oficial N° 42.682 con fecha 01 de agosto de 2023, por considerar que este producto puede generar problemas respiratorios y cardiovasculares, según lo corroborado por estudios y ensayos clínicos médico científicos .

“Felicitamos a la República Bolivariana de Venezuela por la prohibición tanto del uso como de la comercialización de cigarrillos electrónicos, vapeadores y productos relacionados. Esto es un logro de la salud pública venezolana en los últimos años y coloca al país en el pelotón de avanzada en la lucha contra el tabaco y derivados en la región”, dijo la OPS a través de su página web.

Asimismo, la organización reiteró su satisfacción al país por haber tomado tan importante medida a favor de la salud de todos los venezolanos y venezolanas.

¿Cuál es el objetivo de la nueva prohibición?

El Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS), ordenó la prohibición de la fabricación, almacenamiento, distribución, circulación, comercialización, importación, exportación, uso, consumo, publicidad, promoción y patrocinio de los vapers con o sin nicotina.

No obstante, el presidente de la República, Nicolás Maduro, junto a la ministra, Magaly Gutiérrez Viña, instan a las instituciones del Estado, propietarios, empleados y administradores de establecimientos, locales, áreas privadas y/o públicas en exponer un anuncio público en donde se informe sobre la prohibición, el expendio o facilitación al público en general de los dispositivos. El artículo 5 de la resolución específica el siguiente texto:

“Está prohibido el expendio o facilitar de cualquier forma al público en general los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Electrónicos Similares Sin Nicotina (SSSN), consumibles, depósitos o cartuchos, envases de consumibles de recarga y demás accesorios, productos de tabaco calentado convencionales (PTC Convencionales y Herbales), y productos análogos, quien venda, suministre o entregue productos que puedan causar dependencia física o química, será sancionado y penado de acuerdo a la legislación, resoluciones y normativas vigentes de la República Bolivariana de Venezuela”.

FyF/MPPS