Gobernador está obligado por ley a brindar seguridad a los mirandinos|Parlamento de Miranda exige a Capriles que presente plan de seguridad regional

El Consejo Legislativo del estado Miranda exigió al gobernador de esa entidad, Henrique Capriles Radonski, que presente algún plan de seguridad para esa región.

La presidenta del Parlamento regional, diputada Aurora Morales, recordó que Capriles está obligado por ley a presentar y a aplicar un plan de seguridad para los habitantes de Miranda.

La semana pasada, habitantes del estado Miranda protestaron en las calles para exigirle políticas públicas en materia de seguridad.

«Nosotros como poder legislativo del estado tenemos el deber de exigirle a Capriles que cumpla con su deber. La última protesta que hubo la semana pasada, movilizó a los 21 municipios de la entidad ante la ausencia y negligencia del gobernador frente a sus responsabilidades. El es un gobernador que está obsesionado con la presidencia de la República», afirmó Morales entrevistada por Venezolana de Televisión.

De acuerdo al artículo 70 de la Constitución del estado Miranda, en su numeral 11 e «el gobernador debe ejercer la suprema autoridad y supervisión de la policía del estado asegurando su equipación eficiente para el mantenimiento del orden público, la seguridad de las personas y de sus bienes».

En tres años de gestión (2012-2015), el gobernador de Miranda ha reducido la cantidad de efectivos policiales disponibles para el resguardo de los ciudadanos, que pasaron de 2500 efectivos policiales a 1853 funcionarios.

La parlamentaria señaló que «no vamos a intervenir la policía de Miranda, hay que exigirle que cumpla con su deber, no vamos a quitarle atribuciones que él tiene, que son sus obligaciones. Entonces vamos a exigirle que haga lo que tiene que hacer, que deje de viajar para conspirar y se ocupe de lo que tiene que ocuparse».

«En el estado Miranda, Henrique Capriles está al desnudo ante el pueblo. Qué gestión va a mostrar él», apuntó Morales.

La diputada también se refirió a la reforma parcial de la Constitución del estado Miranda, en la que se suprimió el numeral 18 del artículo 45, referido a los estados de emergencia cuyas declaratorias son competencia del Ejecutivo Nacional y cuyo cumplimiento es de carácter obligatorio para los consejos legislativos y las gobernaciones.

Fuente/AVN