Este jueves|Parlamento de Nicaragua aprobó Ley que castiga el abuso contra la mujer

El Parlamento de Nicaragua aprobó este jueves la ley Integral Contra la Violencia hacia la Mujer que impone hasta 30 años de prisión a los hombres que atacan a las damas, fenómeno que el año pasado cobró la vida de 76 féminas, 13 menos que en 2010, según organizaciones no gubernamentales.

Los diputados cedieron así a la presión de cientos de mujeres que mantuvieron hasta ahora protestas bajo la consigna: “¡Ya venimos, ya llegamos, sin la ley no nos vamos¡”, en las afueras del Parlamento para exigir la ratificación de la normativa que fue aprobada por amplia mayoría.

La nueva ley tipifica el «femicidio» como el delito que comete el hombre que da muerte a una mujer, en público o en privado, como resultado extremo de la violencia. También castiga diversos tipos de maltrato, como el físico, psicológico, sexual y patrimonial.

Según lo dispuesto, en Nicaragua un hombre será objeto de sanciones penales y pecuniarias cuando de muerte a una mujer, practique sobre ella ritos de maras o pandillas que provoquen lesiones físicas o psicológicas, o menosprecie el cuerpo de la víctima para satisfacer sus instintos sexuales.

Los diputados nicaragüenses también acordaron imponer penas de entre uno y 30 años de prisión a los hombres que ejerzan violencia de cualquier tipo sobre las mujeres, así como sanciones de entre 100 y 500 días de multa salarial.

La Ley había sido aprobada en lo general el pasado 30 de noviembre y desde entonces diversas organizaciones de mujeres se han presentado al Parlamento nicaragüense para exigir la ratificación de la norma en lo particular, es decir, artículo por artículo.

Las mujeres que reclamaban a las afueras del edificio legislativo, cerca del antiguo centro de Managua (capital), amenazaron con un plantón permanente en caso de que los diputados no aprobaran la normativa.

Los legisladores, sin embargo, accedieron a la demanda de las organizaciones de mujeres y ratificaron una ley con duros castigos.

La norma, por ejemplo, impone a las personas relacionadas con las víctimas la obligatoriedad de denunciar ante las autoridades, en un período de 48 horas, los delitos de violencia de género y a los empleadores a acusar a los responsables de acoso sexual.

También tipifica el maltrato habitual como delito autónomo y establece la improcedencia de la mediación en casos de violencia.

La directora de la Organización No Gubernamental (ONG) «Movimiento María Elena Cuadra», Sandra Ramos, alertó esta semana que en lo que va de año ocho mujeres han sido asesinadas por sus esposos, novios, excompañeros sentimentales, familiares o conocidos.

En Nicaragua, en 2000 fueron asesinadas 29 mujeres por violencia de género, en 2006 la cifra subió a 65 y en 2010 llegó a 89, según organizaciones no gubernamentales.

Fuente/teleSUR