En Gaceta Oficial|Pymis y empresas comunales contarán con contratos preferenciales en entes del Estado

Con el objeto de establecer contratos preferenciales para las pequeñas y medianas Industrias (Pymis) y las empresas de propiedad social y comunal, este miércoles se oficializó el decreto presidencial Nº 8.880, a través del cual se disponen medidas temporales para tal fin.

Estas medidas, regirán durante tres años y tienen por objeto la protección, a través de contratos preferenciales separados por montos y categorías; de estas empresas pequeñas, dedicadas a la fabricación de bienes, la prestación de servicios y la ejecución de obras.

El decreto, publicado en la Gaceta Oficial Nº 39.892 establece que serán sujetos de estas medidas, los órganos que señala el artículo 3 de la Ley de Reforma parcial de la Ley de Contrataciones Públicas, es decir, instituciones del estado, sociedades mercantiles con participación del Estado, y fundaciones y organizaciones comunitarias que manejen fondos públicos.

Asimismo, se dispone que las pequeñas industrias y empresas de propiedad social, tendrán preferencia en la selección de contratos, siempre y cuando estos se encuentren dentro de los montos y categorías establecidos y detallados en la Gaceta.

En el caso de la adquisición de bienes o prestación de servicios, si el monto estimado del contrato es de hasta 10.500 Unidades tributarias (UT), se dará preferencia de selección a estas empresas; también en el caso de ejecución de obras, si el estimado del contrato es de hasta 24.000 U.T.

En lo referente a las categorías, estas abarcan bienes (lencería, ropa, calzados, cuero, insumos y equipos médicos, productos químicos, construcción y metalmecánica); servicios (reparaciones, mantenimiento de infraestructuras, electricidad, plomería, limpieza de sumideros, transporte, vialidad, mudanzas, etc) y obras (obras menores de instalación y remodelación de obras civiles).

Se determina además, que los entes que contraten a estas empresas pequeñas deberán desarrollar programas de capacitación para las mismas, en los temas de las contrataciones, y sus mecanismos de ejecución.

El documento también precisa que los contratantes, deberán otorgar anticipos de entre el 20% y el 50% de los montos del contrato a las pymis, a fin de garantizar el suministro de bienes y servicios necesarios para la culminación del contrato.

Texto/AVN