Artículo de Arturo Tremont| Transportistas sin seguridad social (Opinión)

Los trabajadores del transporte, quienes conducen autobuses, camionetas, taxis, no tienen el amparo de la seguridad social.

Desde hace muchos años se ha discutido el tema y se han presentado diferentes soluciones administrativas y legales para que ese sector se afilie al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).

En 1990 se produjo la reforma del Reglamento de la Ley del Seguro Social (Arts. 8 y 9), en el cual se estableció que las asociaciones civiles o cooperativas que agruparan a los llamados “trabajadores del volante” podían inscribirse en el IVSS, bajo la modalidad de asumir la asociación como patrono y los socios como trabajadores, compartiendo de esa forma la cotización semanal que establece la Ley.

Esa iniciativa legal no tuvo éxito, por el irregular sistema de cobro de las asociaciones y posterior pago al IVSS.

Muchos transportistas comenzaron a actuar como pequeños propietarios,  argumentando que  el compromiso con  el IVSS era un precedente para que los choferes (“avances”) les reclamaran  los beneficios establecidos en la Ley del Trabajo de entonces.

El Artículo 6 de la Ley del Seguro Social, que regula el régimen de continuidad facultativa, tenía una norma que negaba el derecho a permanecer en el sistema si el afiliado no cumplía con el pago de los primeros seis meses de cotizaciones.

El presidente Hugo Chávez, en el año 2012, promulgó la reforma de los artículos 6 y 7 de la Ley del Seguro Social, eliminando ese obstáculo legal para que las trabajadoras y los trabajadores  se inscriban en el IVSS y completen las cotizaciones faltantes para obtener la pensión.

Los transportistas tienen esa opción para incorporarse,  por cuenta propia, al sistema de seguridad social.

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Caracas