Los delitos se tomarán por separados y se juzgarán aparte| Violación y homicidio intencional no tendrán reducción de penas

La ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, Iris Varela, y la procuradora general de la República, Cilia Flores, enumeraron los delitos que no tendrán beneficios de reducción de pena en el nuevo Código Orgánico Procesal Penal (COPP).

Homicidio intencional, violación, delitos que atenten contra la libertad, integridad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes, secuestro, corrupción, delitos que causen grave daño al patrimonio público y a la administración pública, tráfico de drogas de mayor cuantía, legitimación de capitales, delitos contra el sistema financiero y delitos conexos, delitos con multiplicidad de víctimas, delincuencia organizada, violaciones graves a los derechos humanos, lesa humanidad y delitos graves contra la independencia y seguridad de la Nación y crímenes de guerra. Todos están exceptuados de beneficios procesales, leyó la ministra Varela, durante un programa que compartió con Flores en la emisora AN Radio.

Cilia Flores agregó que los delitos se tomarán por separados y se juzgarán aparte. No se acumulan penas porque la máxima es 30 años, conforme con la Constitución Nacional, pero ahora se garantizará que no quede impune ningún delito.

En el programa de radio, la procuradora resumió que la brevedad de los juicios que este nuevo COPP implica le conviene a toda la sociedad.

ESCABINOS: SIN ANCLAJE

“¿Quién quiere ser juez de un narcotraficante o de un asesino?”, criticó Varela, en referencia a la figura del escabino, ahora suprimida.

Dijo que el COPP de 1998 nació con un problema congénito. “Fue engendrado en la realidad de los países europeos, atendiendo sus idiosincrasias y costumbres, su razón de forma de ser, pensar y de actuar”.

La ministra recordó que las personas que cometan delitos más atroces no recibirán beneficios. “Tiene que pagar 75% de la pena para aspirar a ser beneficiario, aunque no es automático. La población penitenciaria está de acuerdo con esto”.

Flores expuso que, producto del COPP, los juicios quedaban paralizados eternamente hasta tanto se constituyera el tribunal mixto, lo que violenta la Constitución.

“La Constitución de 1999 dice que toda persona debe ser juzgada por su juez natural y nadie puede ser juzgado por un tribunal ad hoc”, mencionó la Procuradora.

Flores cree que este señalamiento del antichavismo es una reacción al hecho de que con este nuevo COPP “se les cae la mafia penitenciaria, con los juicios expeditos y sentencia en tiempo breve”.

NO SE PARALIZARÁN JUICIOS

La procuradora general explicó que otro de los cambios decisivos incorporados está referido a las audiencias y comparecencias.

“Actualmente si el imputado no asiste al juicio, este se paraliza y no se administra la justicia. Eso es algo inconcebible”. Acusó que muchas veces son tácticas retardatorias para solicitar medida cautelar de libertad al cumplirse los dos años.

Además de la complicación para constituir el tribunal mixto, Flores reseñó que la segunda causa de retraso es la comparecencia del imputado.

Una vez que el TSJ se pronuncie sobre el carácter orgánico y constitucionalidad, y que sea publicado en Gaceta Oficial el nuevo COPP, entrará “en vigencia anticipada lo que tiene que ver con la eliminación de tribunales mixtos, los escabinos, los procedimientos intermedios de juicio oral y eliminación de las comparecencias de las víctimas”, informó Flores.

Texto/Douglas Bolívar
Foto/Luis Franco-Miguel Romero

Soy entudiante de la mision Sucre, no solamente el copp tambien el codigo penal, codigo civil etc..

La 4ta hizo todo estos procesos de retrasos para llenarse los bolsillos a costa de pueblo pobre